Prisión y multas de hasta 44 mil pesos a quienes tomen casetas de peaje con fines de lucro

- De acuerdo al DOF esta medida entra en vigor este miércoles 23 de febrero
Este martes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la reforma aprobada por el Congreso de la Unión de la Ley de Vías Generales de Comunicación, que prevé penas de prisión de tres meses a siete años de prisión, así como multas de 8 mil 960 pesos y hasta de 44 mil 800 pesos a quienes tomen casetas de peaje con fines de lucro.
“A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, indica un párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Y se indica que el presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir este miércoles 23 de febrero.
