David Jiménez Rojas, nuevo comisionado del IVAI por 7 años
- Fue designado por el Congreso del Estado de Veracruz
Xalapa, Ver.- Legisladores locales en Veracruz, aprobaron con 35 votos a favor, 5 en contra y cero abstenciones, la designación del ciudadano David Agustín Jiménez Rojas como comisionado del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) y le tomó la protesta de ley, este martes.
Jiménez Rojas, ocupará este cargo por 7 años y fue propuesto por la Junta de Coordinación Política, mediante un Punto de Acuerdo.
Recordar que él, se desempeñaba como representante del partido Morena en el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) y fue registrado como candidato suplente. Además al inicio de la administración estatal, fue director del Registro Público de la Propiedad.
De acuerdo a los argumentos para su designación, este cumplió con los requisitos de elegibilidad para ser comisionado del IVAI, de acuerdo al Artículo 67 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a saber:
Ser ciudadano veracruzano con residencia efectiva en el Estado, cuando menos dos años anteriores al día de su designación, o mexicano por nacimiento, con vecindad mínima de cinco años en el Estado; contar con título profesional expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello, preferentemente, con estudios de posgrado y tener, cuando menos, treinta y cinco años cumplidos al día de su designación.
Además, gozar de buena reputación, prestigio profesional, y contar, preferentemente, con experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales; no haber sido condenado por delito doloso y no haber sido ministro de culto religioso, ni dirigente de partido o asociación política, cuando menos cinco años antes de su designación.
Respecto al último requisito, en uso de la atribución conferida en el artículo 33 fracción XXXVI de la Constitución Política del Estado, el Pleno concedió la dispensa de ley por causa justificada al referido ciudadano en lo relativo a no haber sido candidato a cargo de elección popular, cuando menos tres años antes de su designación, dada su inclusión como candidato a diputado local suplente por el principio de Representación Proporcional en el proceso electoral 2020-2021.