Responde INAI a AMLO que no cuenta con facultades para investigar ingresos de periodista  

En un comunicado el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) confirmó que no cuenta con facultades para investigar ingresos del periodista Carlos Loret de Mola, como lo solicitó el presidente Andrés Manuel López Obrador en una carta. 

En el comunicado se asegura que “en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, cualquier autoridad del Estado mexicano tiene el deber y la obligación de garantizar la protección de datos personales que tenga en su posesión, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones. Eso conlleva la obligación de observar los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento,

calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad en el tratamiento de datos personales, así como los deberes de seguridad y confidencialidad. Esto comprende que, para efectos de poder dar a conocer por cualquier medio datos personales, es necesario contar con el consentimiento previo de la persona en cuestión, el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada y, en algunos casos, de manera expresa”, indica.

En sesión de este miércoles la consejera presidenta del organismo, Blanca Lilia Ibarra Cadena leyó  “ Se le informa que el Inai no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada, lo que incluye en el caso requerir información a distintas instituciones públicas como son Servicio de Administración Tributaria, Unidad de Inteligencia Financiera y registros públicos dela propiedad”.

Y le reitera que el Instituto hace hincapié en que todas las instituciones del Estado mexicano, así como todas las personas servidoras públicas, están obligadas a cumplir de forma irrestricta con los principios y deberes de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Así, cualquier excepción al régimen de confidencialidad de la información patrimonial referente a una persona física identificada o identificable, debe fundamentarse en la ley.

“Este organismo garante refrenda su compromiso con la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos personales, y le reitera su disposición para mantener un diálogo permanente”.

Aquí la respuesta :

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